El formidable negocio de las cancelaciones

Conozco a un notario –seguro que puede haber más de uno– que en nombre de sus clientes reclamó, ante el defensor del cliente de “La Caixa” (un cargo que hoy creo que ha desaparecido, así como “La Caixa”) que les devolvieran las cantidades que habían pagado, en concepto de comisión, para cancelar sus hipotecas. La reclamación se basaba en el hecho, fácilmente comprobable, de que aquella comisión no había sido pactada en la escritura de constitución de las citadas hipotecas y que, por tanto, no era exigible jurídicamente.

La reclamación fue atendida por el defensor del cliente y las cantidades indebidamente cobradas fueron devueltas. Pero la reclamación iba más allá y pedía que fueran devueltas todas las comisiones de cancelación cobradas por “La Caixa” (y por extensión, por otras entidades financieras), sin haber sido expresamente pactadas. Sin embargo, esta otra petición, como era de esperar, no fue atendida.

A partir de entonces, el citado notario –insisto en que no debe ser el único que se atrevió a hacerlo– presentaba una copia de la resolución del defensor del cliente de “La Caixa” en todas las oficinas bancarias donde debía firmar cancelaciones de hipoteca. Su cruzada personal terminó, al menos por el momento, cuando las entidades financieras decidieron, consultándose a ellas mismas y no sé si también a sus amigos del Gobierno, aumentar las comisiones a cobrar por cada hipoteca y crear alguna de nueva, como la de cancelación, una comisión que hasta entonces se cobraba sin tener derecho a hacerlo.

De un tiempo a esta parte las entidades financieras –algunas de las cuales tienen notarios en sus consejos de administración– han montado una especie de agencias u oficinas encargadas de gestionar las cancelaciones de hipoteca de cada entidad, cancelaciones que se suelen firmar con los notarios que elige la entidad, y no el cliente, que es el que, en principio, tendría derecho a escogerlo. Es casi inútil que el cliente –lo sé por propia experiencia– quiera gestionar él o a través de la agencia de su elección la cancelación correspondiente, especialmente si esa cancelación es previa a una compraventa o a otra hipoteca. La todopoderosa entidad alegará razones de agilidad y rapidez (que en muchos casos no responden a la realidad) o la necesidad de respetar la operativa bancaria (o sea, la voluntad de la entidad de trabajar con una determinada gestoría y un determinado notario) y no se mostrará abierta a firmar la escritura de cancelación a los pocos días de haber sido solicitada, lo que facilitaría el tráfico jurídico y no debería suponer un coste demasiado elevado para el cliente, que no se vería compelido a entregar una provisión de fondos ciertamente desproporcionada respecto al coste real de la operación de cancelación.

Ésta es, sin duda, la razón principal de la negativa de las entidades financieras a agilizar dichas cancelaciones en beneficio de sus clientes: las elevadas provisiones de fondos que las gestorías vinculadas a las citadas entidades cobran a los clientes, que no suelen discutirlas e incluso se muestran agradecidos cuando, al cabo de no sé cuántos meses, reciben una transferencia con una parte del dinero entregado a las repetidas entidades.

Tan rápidas como son las entidades financieras para algunas cosas (por ejemplo, para cobrar todo tipo de comisiones, incluso las no pactadas) y tan lentas cuando se trata de facilitar a los clientes poder realizar “personal personalmente” (que diría Catarella, el entrañable personaje de la serie del comisario Montalbano). Parece como si todo, en las tan repetidas entidades, quisiera hacerse “maquinal maquinalmente”, sin tener en cuenta la voluntad, expresa o tácita, de cada cliente. Como decía un buen amigo poeta, haría falta que no se hiciera sólo su voluntad, sino la nuestra.

Más de una vez el importe de esta comisión de cancelación puede ser superior a los honorarios del notario y del registrador, que son los únicos que realmente son necesarios para que la cancelación sea efectiva.

En fin, tengo una cierta esperanza (esa virtud que se pierde y se recupera de repente) en que los miembros de los consejos de administración de las entidades financieras, algunos de los cuales me han dicho que son de una probada moralidad, cuando lean este artículo, procedan a ordenar la cancelación progresiva de las gestorías que han montado en perjuicio de sus clientes, así como a reducirse drásticamente sus emolumentos y a devolver las comisiones indebidamente cobradas a tantos y tantos hipotecados.

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