Descartan paralizar las obras de la supermanzana del Eixample

La Cámara de la Propiedad pedía la suspensión cautelar porque su ejecución les haría irreversibles

Imatge virtual de la plaça que ocuparà la cruïlla Consell de Cent-Rocafort (Ajuntament de Barcelona)
Imatge virtual de la plaça que ocuparà la cruïlla Consell de Cent-Rocafort (Ajuntament de Barcelona)

Un juzgado ha desestimado una petición de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona que pedía detener el inicio de las obras de la supermanzana Barcelona. Concluye que no se aprecian los requisitos exigidos por la suspensión y dice prevalecer «el interés público».

La Cámara presentó un recurso contra los planes del Ayuntamiento de hacer una supermanzana en el Eixample a mediados de julio, una vez se conoció que ya se había procedido a la adjudicación de los contratos de reurbanización, y registró un nuevo escrito para solicitar la resolución cautelar.

La petición ha sido desestimada por el juez, que considera que no es admisible paralizar las obras «ad cautelam». El auto recoge que la actuación municipal persigue una finalidad pública, la mejora urbanística de la zona, y, por tanto, en este caso prevalece el interés público.

El magistrado que firma el auto descarta que las obras sean «irreversibles» en caso de dictarse una sentencia estimatoria que declare que la actuación del Ayuntamiento es contraria a derecho, uno de los argumentos que al alega la Cámara.

De hecho, considera que el coste de una eventual reversión sería «puramente económico» y en todo caso debería asumirlo el Ayuntamiento de Barcelona. En este escenario el juez no tiene ninguna duda de la «solvencia económica» de la Administración para hacerle frente. Además, asegura que en todo caso quien lo sufriría económicamente sería la propia administración demandada y no la Cámara.

Por su parte, la Cámara argumenta que las obras se han aprobado vulnerando el procedimiento legal establecido con el fin de agilizar al máximo la ejecución de las obras. Entre los hechos que resultan más «graves» mencionados por la Cámara se encuentra la exposición al público de los cuatro proyectos a la vez que la empresa municipal BIMSA ha licitado la ejecución de las obras.

La resolución será susceptible de recurso de apelación en los 15 días siguientes a su notificación, fecha de 29 de julio.

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