El TSJC desestima la recusación y la petición de un jurado popular planteados por Borràs

La sala civil y penal confirma el procesamiento de la presidenta del Parlamento de Cataluña en el caso de los contratos de la ILC

La presidenta del Parlament suspendida, Laura Borràs

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha situado a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Laura Borràs, más cerca de ser juzgada por el posible fraccionamiento de contratos de la Institución de las Letras Catalanas, ya que ha rechazado su último recurso y la recusación que ha planteado.

La resolución, con fecha del pasado 15 de julio, pero conocida este lunes, confirma el procesamiento de Borràs por los delitos de prevaricación administrativa continuada, fraude administrativo, falsedad en documento mercantil y malversación de fondos públicos continuada, presuntamente cometidos cuando, supuestamente, favoreció la contratación de su amigo Isaías Herrero.

El TSJC, por un lado, ha descartado admitir a trámite la recusación contra el magistrado Carlos Ramos que había formulado el abogado de Borràs, Gonzalo Boye, cuya maniobra ha etiquetado de «abuso de derecho» y «fraude procesal».

Por otra parte, el tribunal ha rechazado que el eventual juicio a Borràs se celebre con jurado popular, como había solicitado la presidenta de la cámara catalana, para quien la Fiscalía ha pedido seis años de cárcel y 21 años inhabilitación por los delitos de prevaricación administrativa y de falsedad documental.

El TSJC ha rechazado el recurso de reforma de Borràs indicando que no ha concretado el precepto constitucional que la dirigente de Junts considera que se ha infringido, ni con qué precepto chocaría el artículo 5.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ).

Asimismo, considera «sin objeto» el recurso de Borràs porque la Fiscalía la acusa de prevaricación administrativa y de falsedad documental, delitos que no son competencias reflejadas en el artículo 1 de la LOTJ, y no de malversación y fraude administrativo, los delitos en base a los que Borràs había pedido el tribunal popular.

Además, la misma resolución ha comunicado la desestimación del recurso de reforma planteado por Roger E., pero ha decretado el sobreseimiento provisional parcial del procedimiento respecto a esta persona, sobre la que concluye que no existen indicios racionales suficientes de su intervención en los hechos investigados en su caso.

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