El TSJC tumba la tasa de recogida de residuos del gobierno de Ada Colau

La sentencia concluye que el tributo es nulo y el consistorio deberá devolver lo recaudado durante dos años

Ada Colau i Eloi Badia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha tumbado la tasa de recogida de residuos (TRR) del Ayuntamiento de Barcelona. El tributo, ideado por el concejal de Emergencia Climática y Transición Ecológica, Eloi Badia, empezó a cobrarse en julio del 2020 a través de la factura del agua por supuestamente cubrir el coste de la gestión de los residuos de los barceloneses.

La medida entró en vigor durante la pandemia y supuso una importante subida del recibo del agua.

La sección primera del TSJC concluye que este tributo es nulo, porque el informe técnico-económico elaborado por el Ayuntamiento de Ada Colau para fijar la tasa es «excesivamente genérico» y no permite entender cómo se reparte el coste de este servicio entre los usuarios domésticos de Barcelona.

Según la sentencia, «se desconoce cuál es el criterio seguido para calcular el importe de las cuotas correspondientes a las distintas categorías».

El Ayuntamiento de Barcelona deberá proceder a la devolución del dinero recaudado durante el período en que ha estado vigente el tributo. Sin embargo, el consistorio puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo (TS).

La polémica tasa es similar a la Tasa Metropolitana de Tratamiento de Residuos (TMTR), impuesto que se cobra también a través de la factura del agua en todo el Área Metropolitana de Barcelona (AMB). En 2022 se aprobó un incremento del 3% de este tributo. El TMTR se cobra en concepto de tratamiento de los residuos, mientras que el TRR –declarado nulo por el TSJC– lo hacía por la recogida.

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