La justicia obliga a volver a poner las banderas española y catalana en el ayuntamiento de Cardedeu

El TSJC ha revocado la resolución de un juzgado de Barcelona que había rechazado la petición de la asociación Impulso Ciudadano

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha revocado la resolución del Juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 5 de Barcelona la cual rechazaba la petición de la asociación Impulso Ciudadano que pedía medidas cautelares para obligar al Ayuntamiento de Cardedeu (Barcelona) a poner las banderas española y catalana en la fachada del edificio. La magistrada del juzgado de Barcelona rechazó la solicitud de Impulso Ciudadano sobre las medidas cautelares y condenó a la asociación a pagar las costas del juicio.

Ahora, el TSJC ha revocado esta resolución, al considerar la legitimación activa de esta asociación y ha ordenado como medidas cautelares, en sentencias del 20 de enero y del 8 de febrero pasados, que se vuelvan a poner las dos banderas oficiales en el consistorio gobernado por ERC y la CUP, un edificio donde solo ondea la bandera independentista.

En la sentencia, el TSJC dice que «el acto impugnado, que no resolvió las alegaciones realizadas por la parte recurrente, tan contenidas en el escrito de interposición del recurso contencioso y administrativo, como las realizadas expresamente al dar traslado el Juzgado, se ha dictado sin haber recibido el expediente administrativo y, lo cual resulta definitivo, es que ha pasado por alto que se denuncia la inactividad de la Administración».

El ayuntamiento de Cardedeu ha alegado ante la justicia que Impulso Ciudadano «es una asociación de carácter privado, sin que haya acreditado interés legítimo ni utilidad jurídica, o que le pueda repercutir la resolución que se adopte de manera clara y suficiente en su esfera de intereses, sin que se pueda convertir en un controlador de la legalidad».

El TSJC ha respondido, pero, que «no solo se ha admitido el recurso por la sentencia ya citada sino que además la oposición formulada por la Administración demandada no pone de relieve ningún motivo que implique perturbación de los intereses generales o de tercero a valorar, sino que se desarrolla en relación con la argumentación expuesta».

La asociación Impulso Ciudadano presentó un informe en noviembre de 2021 en el cual se decía que solo 149, de los 947 municipios de Cataluña, tenían colgada la bandera española en la fachada. Y que la bandera catalana no colgaba en 392 ayuntamientos catalanes. En octubre de 2020 fue cuando Impulso Ciudadano denunció la ausencia de las banderas de la fachada del ayuntamiento de Cardedeu.

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