El TC salva las multas, pero estima «infundado» el segundo estado de alarma

Considera inconstitucional la prórroga de seis meses aprobada

El Tribunal Constitucional avaló los toques de queda nocturnos que se establecieron durante el segundo estado de alarma, así como los cierres perimetrales entre comunidades autónomas. Considerada que estas medidas fueron «adecuadas para combatir esa evolución negativa de la pandemia, ya que se hizo frente a una situación de riesgo».

Así lo establece la sentencia sobre el segundo estado de alarma, que sin embargo tacha de inconstitucional la falta de control parlamentario al presidente del gobierno, Pedro Sánchez, y la cogovernanza entre comunidades autónomas, estimando así parcialmente el recurso interpuesto por Vox.

Al avalar tanto los toques de queda entre las 11 de la noche a las 6 de la mañana como la prohibición de circular entre comunidades autónomas, alivia la presión al Estado que no tendrá que devolver las multas fijadas por estos extremos. No ocurrió lo mismo con la sentencia del primer estado de alarma, que estableció la anulación de las multas por saltarse el confinamiento domiciliario, al declararlo inconstitucional.

Así, cree que la prórroga de seis meses del segundo estado de alarma fue «infundada» y «no razonable». Entre los argumentos, esgrime que quedó «casi cancelado» el régimen de control del Congreso. De hecho, el pasado julio el tribunal ya declaró inconstitucional el primer estado de alarma.

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