Condenas de 53, 46 y 8 años de cárcel para los acusados de los atentados de Barcelona y Cambrils

La Audiencia Nacional les impone condenas como integrantes de grupo terrorista y tenencia y fabricación de explosivos, pero los absuelve de homicidio

Los tres condenados por los atentados de 2017, durante el juicio.
Los tres condenados por los atentados de 2017, durante el juicio.

Los tres acusados ​​en el juicio sobre los atentados del 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils han sido condenados a penas de 53 años y medio de cárcel, en el caso de Mohamed Houla Chemlal, de 46 años y medio, en el caso de Driss Oukabir, y de 8 años, en el caso de Said Ben Iazza.

La Audiencia Nacional considera a los dos primeros culpables de pertenencia a organización terrorista, tenencia y fabricación de explosivos y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

En cambio, los absuelve de catorce delitos de homicidio, correspondientes a muertes que se produjeron en La Rambla de Barcelona y en Cambrils, que les imputaban las acusaciones populares.

Ben Iazza ha sido condenado por colaboración con organización terrorista porque puso a disposición de la célula terrorista la furgoneta de un tío suyo, para el trasladado de los materiales que se utilizaron en la fabricación de explosivos.

Ninguno de los tres condenados se encontraba en el lugar de los atentados en el momento en que se produjeron, pero la sentencia considera acreditada su participación.

A diferencia de la acusación particular, la Fiscalía no consideraba que ninguno de los tres condenados fuera autor material de los hechos, y había pedido penas inferiores a las que ha decidido la Audiencia Nacional, que ha añadido condenas por los heridos que dejó la explosión del chalet de Alcanar.

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