El TSJC confirma la prohibición de colgar la pancarta de los presos en la Generalitat

Considera que Torra incumplió su deber de neutralidad y avala la retirada cautelar fuera del periodo electoral

Torra entrega la pancarta por la que fue inhabilitado al Museu d'Historia de Catalunya
Torra entrega la pancarta por la que fue inhabilitado al Museu d'Historia de Catalunya

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la prohibición de colgar en el palacio de la Generalitat, también fuera del periodo electoral, la pancarta a favor de los dirigentes del procés presos, en una sentencia con la que ha avalado la retirada cautelar decidida por el propio TSJC cuando la pancarta se volvió a colgar y el entonces presidente catalán, Quim Torra, se negó nuevamente a retirarla.

La decisión se conoce cuando Torra se encuentra a un paso de volver a ser juzgado por desobediencia por no haber retirado entonces la pancarta. La resolución del TSJC considera que la colocación de la pancarta, que expresaba «Libertad presos políticos y exiliados» en catalán e inglés, vulnera el deber de neutralidad de la administración pública, porque usa la fachada del palacio de la Generalitat con «finalidades partidistas».

La decisión del TSJC estima un recurso interpuesto por la entidad Impulso Ciudadano contra la colocación de la pancarta por segunda vez, hecho que sucedió después de que fuera retirada durante el período electoral de 2019.

El procedimiento penal derivado de la negativa de Torra a retirarla, cuando la Junta Electoral le ordenó que lo hiciera, dio lugar a la primera condena de inhabilitación a Torra.

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