La justicia europea dice que no se puede encerrar a demandantes de asilo en los CIE

La Fiscalía española justifica el internamiento de personas que han pedido protección con el argumento de que no hay espacio suficiente en los centros de acogida
Protesta ante el CIE de Barcelona para pedir su cierre
Protesta ante el CIE de Barcelona para pedir su cierre

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que no se puede encerrar en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) a personas demandantes de asilo con el argumento de que no ha espacio para ellos en los centros de acogida. El TJUE ha respondido así a la pregunta "prejudicial" que le planteó un tribunal de las Palmas de Gran Canaria sobre si era adecuado internar en un CIE a 26 subsaharianos que habían solicitado protección internacional teniendo en cuenta la carencia de plazas en los centros de acogida.

El alto tribunal de justicia de Luxemburgo ha dictado que encerrar a solicitantes de asilo en los CIE es incompatible con la legislación europea. Las personas que manifiesten la voluntad de solicitar asilo, aunque no hayan empezado a tramitar la petición, podrán acogerse a programas de acogida y no podrán ser internados en centros para extranjeros, según la respuesta facilitada por el TJUE.

Cuando un extranjero pide asilo en un punto fronterizo, la policía tramita su demanda por vía urgente. La respuesta llega normalmente en un plazo de dos días y suele ser negativa. Entonces la policía interna a esta persona en un CIE o la devuelve a su país de origen. Actualmente, los CIEs están cerrados a raíz de la pandemia de la Covid-19. El TJUE también ha concluido que los juzgados de instrucción son competentes para recibir las solicitudes de asilo, lo cual puede agilizar su tramitación.

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