El Supremo niega la inmunidad de Junqueras

Considera que la sentencia condenatoria firme prevalece sobre la resolución del TJUE, favorable a la excarcelación del líder de ERC como preso preventivo
Oriol Junqueras
Oriol Junqueras

La sala segunda del Tribunal Supremo ha rechazado que el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras tenga inmunidad como diputado del Parlamento Europeo al haber sido condenado por sentencia firme.

La sala que preside Manuel Marchena, la misma que condenó a los dirigentes del procés, ha estudiado los efectos sobre la situación de Junqueras de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reconoció que el líder de ERC tenía inmunidad como europarlamentario desde la proclamación de los resultados de los comicios.

En su resolución de este jueves, el Supremo descarta facilitar, mediante la excarcelación o la concesión de un permiso, que Junqueras pueda viajar a Estrasburgo para tomar posesión del escaño, puesto que ve superada la situación enjuiciada por el TJUE. 

El Supremo argumenta que el TJUE otorgó una inmunidad para realizar desplazamientos que no supone un blindaje contra la sentencia condenatoria ni la anulación de la misma, solicitada por la defensa del exvicepresidente de la Generalitat. 

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha comunicado al presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, que la inmunidad de desplazamiento no impedía ni enjuiciar a Junqueras ni dictar sentencia, y ha indicado que el dirigente independentista fue proclamado electo cuando el juicio ya había quedado visto para sentencia.

La resolución del TJUE, dictada como respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Supremo, reconoció la inmunidad en relación a la situación como preso provisional del dirigente de ERC, finalmente condenado por sentencia firme a 13 años de cárcel como culpable de sedición y malversación.

La decisión sobre la inmunidad se conoce poco después de que la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, también aduciendo la condena por sentencia firme, haya avalado la inhabilitación, desestimando la petición del exvicepresidente catalán de suspender de urgencia el acuerdo de la Junta Electoral Central que anulaba su mandato como eurodiputado.

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