Por qué los servicios de salud tienen que ser públicos

Primero: ¿qué entendemos por entidad o empresa pública?: ¿Servicio Nacional de Salud integral como empresa única o el Sistema público puede tener conciertos con proveedores que no sean de propiedad pública? Si se así, qué valores y compromisos tendríamos que pedir a los proveedores concertados. Qué entendemos pues por entidad o empresa pública:

Primera definición: Es toda entidad o empresa que sea propiedad de la administración pública (sea estatal, autonómica o municipal). Segunda definición (según la Unión Europea): aquella entidad en la cual el poder público puede ejercer una influencia dominante en razón de su propiedad (definición 1), de su participación financiera mayoritaria o de las normas que la rigen (estatutos de la entidad y mayoría de la administración en su órgano de gobierno).

Parece pues que el elemento capital de la empresa o entidad pública es la capacidad de la administración pública de ejercer su dirección. Dos características más de una entidad pública: que su razón de existencia no es la obtención de lucro por parte de sus accionistas o administradores y que está sometida al control público específico por parte de la administración y sus datos tienen que ser transparentes y públicos.

Por qué, desde el punto de vista de la salud, los Sistemas Sanitarios Públicos son mejores que la iniciativa privada concertada

1. Por ley, la prestación de servicios, siempre que se pueda, tiene que ser pública. Jurídicamente el Servicio Nacional de Salud es el establecido en España y las comunidades autónomas, por la Ley General de Sanidad (1986) y la Ley de Ordenación Sanitaria de Catalunya (LOSC, 1990 y 1995) que integra todos los servicios sanitarios de una comunidad en una organización única. Pero de hecho estas leyes han quedado sin desarrollarse completamente.

2. Los componentes de un sistema sanitario público pueden ser dirigidos y controlados al 100% por órganos derivados de elecciones democráticas. Aunque las diferencias reales entre público y privado también son un problema de governanza y de democracia real, puesto que pueden haber empresas públicas que por carencia de transparencia y de governanza democrática funcionen como privadas de los intereses lucrativos y/o de poder social de unos cuántos (recordemos todos los casos de corrupción).

3. Los sistemas públicos pueden garantizar la permanencia, estabilidad y continuidad de los servicios, cosa que no puede hacer la iniciativa privada, donde si no hay negocio directo o indirecto, no hay servicio porque pueden cerrar la empresa.

4. Los Servicios públicos de salud pueden dedicar recursos a vigilancia y promoción de la salud y prevención de una manera planificada y poblacional, y no sólo atención a la enfermedad.

5. Suponiendo igualdad de calidad y de eficiencia, con buena gestión, los públicos son menos costosos económicamente puesto que no hay beneficios para los accionistas ni directivos.

6. Los públicos aseguran la equidad, igualdad de acceso y de trato igual para todo el mundo, en base a la solidaridad impositiva.

7. Aunque el sistema catalán es de provisión de servicios dual -unos de propiedad de la administración pública (ICS, consorcios públicos y empresas públicas) y otros concertados con entidades "sin afán de lucro", o privados con lucro-, cuanta menos dispersión y tipología jurídica de los proveedores, menos costes de seguimiento, menos dedicación de dinero público a negocio privado, mayor capacidad de gestión y evaluación, más transparencia y mayor control público.

8. Cuanto más unitarios e integrados son los servicios mayores posibilidades de ajustarse en la planificación, de hacer sinergias de servicios clínicos, de continuidad asistencial, de tener servicios comunes mancomunados: de compras, sistemas de TIC integrados, de mantenimientos, etc. Por lo tanto, más eficiente y sostenible será el sistema público.

9. La formación de los profesionales, la gestión del conocimiento y la investigación, pueden ser planificadas y financiadas según necesidades sociales y de salud (no según intereses particulares y de negocio).

10. Mayores posibilidades de participación real y control por parte de los ciudadanos y de los profesionales.

Otro día tendremos que tratar como se puede hacer una mejor gestión del sistema público estricto, hoy aún muy centralizado, burocratizado, con funcionariado, poca autonomía de gestión, mal financiado, etc., y también, qué valores y condiciones tendrían que firmar los proveedores de servicios de salud adscritos por conciertos al SNS y que tienen una contribución directa para la salud y, además, trato directa con la ciudadanía, utilizando presupuestos públicos.

 

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