Las injusticias de la justicia

Con la última reforma de la ley de enjuiciamiento criminal, los profesionales que hacen guardia se ven a menudo desbordados
Título de la imagen
Título de la imagen

«Del turno de oficio no se vive«, afirma Vanessa González Fornas, presidenta de la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno en Cataluña (Altodo Cataluña). Y lo más grave es que hay abogados, generalmente acomodados y de la vieja escuela, que continúan considerando la prestación de este servicio público como un acto de caridad. Remuneraciones bajas, plena disponibilidad, plazos imposibles…, todo esto llena la mochila reivindicativa de estos profesionales, que ven que el futuro del modelo está amenazado.

El turno de oficio es el servicio que presta un abogado a un ciudadano para defenderlo de manera gratuita ante un tribunal de justicia. Así se cubren las necesidades de personas sin recursos económicos cuando tienen que recibir una tutela judicial efectiva. Forma parte de la asistencia jurídica gratuita, que además incluye excepciones en el pago de tasas o la asistencia de un procurador, por ejemplo.

Los abogados de oficio no son empleados públicos, sino que, en general, se adscriben al turno de oficio de manera voluntaria. La asistencia jurídica gratuita se presta a través de los colegios de abogados, mediante un sistema de listas de profesionales independientes. El turno de oficio, en fin, no es sinónimo de justicia gratuita, pero no se puede desvincular.

Cada colegio de abogados organiza y gestiona el turno de oficio a su partido judicial. En España hay 83 colegios de abogados. En Cataluña, catorce, y cuatro comisiones de asistencia jurídica gratuita, de ámbito provincial. Se ofrece un servicio que garantiza la asistencia jurídica 365 días al año, 24 horas al día, tanto si se tiene derecho a la justicia gratuita cómo si no. Por la inmediatez que pide la asistencia letrada y por las circunstancias que envuelven a la mayoría de personas, el 90% de los asuntos penales los llevan abogados de turno.

En Cataluña hay unos 15.000 abogados y en Barcelona hay 3.500 incluidos en el turno de oficio. En algunos colegios, como el de Barcelona, el turno de oficio es voluntario, siempre que haya suficientes letrados que quieran prestar este servicio. La lista se tiene que respetar rigurosamente por orden y se tienen que repartir los asuntos de manera equitativa. Los colegios son, no obstante, simples intermediarios en la financiación del servicio. El CICAC, que agrupa los 14 colegios de abogados de Cataluña, es el que actúa de interlocutor con la Generalitat.

Por 24 horas de guardia del turno de oficio, el abogado cobra 170 euros, de los cuales se tiene que restar el 15% de IRPF. El transporte va a cargo del letrado y se paga igual cualquier día del año. Hay otras guardias, por ejemplo la de menores y la de violencia de género, pero si no hay detenidos, no se paga nada. A esto se tiene que añadir la falta de trabajo. «En Barcelona yo tengo una guardia cada cuatro meses«, explica Vanessa González.

Desde que el año pasado se reformó la ley de enjuiciamiento criminal, las cosas también han empeorado en cuanto a la calidad del servicio. «Antes, cuando la policía comunicaba al Colegio de Abogados la detención de alguien, el letrado tenía ocho horas para presentarse en comisaría. A raíz de la reforma, este plazo se ha reducido a tres. Así, las guardias se rompen, porque nosotros tenemos que estar en el juzgado, donde a veces hay que esperar mucho rato, en la comisaría… y no podemos llegar a todo», añade la abogada.

LEE EL REPORTAJE COMPLETO EN LA EDICIÓN EN PAPEL DE EL TRIANGLE DE ESTA SEMANA  

(Visited 31 times, 1 visits today)
Facebook
Twitter
WhatsApp

avui destaquem

Deja un comentario