El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado este martes inconstitucional el euro por receta aplicado por la Generalitat de Catalunya, pero ha avalado las tasas judiciales. El TC, así pues, ha estimado en parte el recurso presentado por el Gobierno central contra las dos tasas creadas por la Generalitat en diciembre de 2012, que supuso la anulación inmediata de ambos gravámenes mientras se decidía el fondo del asunto.
Este recurso se presentó contra los artículos 16 y 41 de la ley catalana 5/2012 de 20 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas, después de que el Gobierno español y la Generalitat negociaran sobre la aplicación de ambas tasas sin llegar a un acuerdo, según explicó entonces la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría.
Las tasas judiciales pretendían cobrar 120 euros por la prestación de servicios personales y materiales en la Administración de Justicia en Catalunya, hecho que el Gobierno consideraba un doble gravamen. A partir de ahora, con el aval del TC, el Gobierno catalán podrá volver a aplicar estas tasas a la vez que el Gobierno español aplica las suyas.
En cuanto al euro por receta, el Gobierno español aseguró que las comunidades no pueden incidir directa o indirectamente en la fijación de precios de productos sanitarios, según prevé la Constitución en el artículo 149, a pesar de que su recurso llegó después de que la Comunidad de Madrid anunciara su intención de fijar una tasa similar a la que hacía meses que se aplicaba en Catalunya.











